El certificado de eficiencia energética proporciona información objetiva sobre la eficiencia de los edificios para ayudar a los consumidores en sus decisiones de compra o alquiler.
Proporcionamos información sobre el proceso de certificación energética de edificios en Aragón, incluyendo requisitos, procedimientos y recursos relevantes para técnicos, empresas y consumidores interesados en este proceso.
Información General
- La certificación de eficiencia energética verifica la conformidad de la calificación energética de un edificio.
- Los certificados son emitidos por técnicos competentes según normativas específicas.
- La calificación se muestra en una etiqueta energética de la A (mayor eficiencia) a la G (menor eficiencia).
- La finalidad es proporcionar información objetiva a los consumidores para comparar y evaluar la eficiencia energética en decisiones de compra o alquiler.
Solicitud en el Registro de certificación de Aragón
Solicitud de inscripción en el Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de Aragón debe seguir un procedimiento específico.
En primer lugar, el técnico certificador debe enviar electrónicamente los datos del certificado a través de la aplicación REGCEE, adjuntando el fichero XML generado en el programa de certificación utilizado.
Posteriormente, se asigna un Código de Referencia del Certificado (CRC) y se firma electrónicamente el Anexo II.
En segundo lugar, el mismo técnico certificador o un representante designado deben completar el Anexo I con los datos del propietario o promotor del edificio certificado.
Esta solicitud debe presentarse electrónicamente a través del Registro de Aragón o REGCEE si el firmante es un técnico certificador o una empresa, o en papel si lo realiza el propietario como persona física.
Si se presenta en papel, debe seguirse el procedimiento establecido por la ley correspondiente.
La presentación electrónica dejará constancia en un documento descargable.
Inscripción registro de certificación de Eficiencia Energética de Edificios en Aragón
Actuaciones Obligatorias
- Edificios nuevos o existentes que se vendan o alquilen deben tener un certificado.
- Certificados deben inscribirse antes de cualquier oferta o promoción.
- Etiquetas de eficiencia energética deben ser exhibidas en edificios públicos y privados de cierto tamaño.
Validez y Renovación
- Los certificados tienen una validez máxima de 10 años desde la fecha de emisión.
- Debe emitirse un nuevo certificado y renovar la inscripción después de 10 años o en caso de venta o alquiler a una nueva entidad.
- Inscripción también puede ser actualizada en caso de mejoras en el edificio.
Normativa Aplicable
- La certificación sigue normativas detalladas en decretos y órdenes específicas.
- Se proporcionan enlaces a documentos relevantes y herramientas para facilitar el proceso.
Procedimientos de Inscripción
- Técnicos y empresas deben solicitar la inscripción telemáticamente, cumpliendo con requisitos específicos y adjuntando documentos necesarios.
- Los certificados se inscriben en dos secciones del Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios: certificados de eficiencia energética y técnicos/empresas certificadoras.
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