Este decreto ha sido DEROGADO por el Real Decreto 235/2013.
Este decreto fue la consecuencia de la transposición de la Directiva 2002/91/CE de Eficiencia Energética en los Edificios (Energy Performance of Buildings Directive) y determina el procedimiento básico para certificar energéticamente un edificio de nueva construcción o con reformas importantes.
El R.D es de aplicación obligatoria en España desde el 19 de septiembre de 2007 y sus principales características son:
* Informar con de manera objetiva a los usuarios y compradores de la huella y consumo energético de un edificio mediante una etiqueta energética.
* Es de aplicación para edificios de nueva construcción y rehabilitados con superficie superior 10.000 m2 donde se renueve un 25% de sus cerramientos. Existen 7 tipologías de edificios a los cuales no se les aplicará este R.D.
La Calificación Energética de un edificio estima el consumo de un edificio en un lugar en unas condiciones de funcionamiento normales. El resultado final es la obtención de una etiqueta energética según el ANEXO II. Su obtención se realiza mediante dos métodos:
* Opción General utilizando el programa CALENER o con un programa alternativo que deberá cumplir unas condiciones establecidas por la normativa.
* Opción Simplificada que desarrolla la metodología descrita en el ANEXO I.
El programa informático consta de dos versiones:
* CALENER_VYP para edificios de viviendas y del pequeño y mediano terciario (equipos autónomos).
* CALENER_GT para grandes edificios del sector terciario.
La Certificación de Eficiencia Energética es el proceso de verificación de la Calificación Energética obtenida por una de las dos opciones contempladas y la Calificación del edificio terminado. Conducirá a la obtención del Certificado de Eficiencia Energética.
El Certificado de Eficiencia Energética de un Edificio da información sobre la eficiencia energética de un edificio. Contendrá la siguiente información:
* Identificación del edificio.
* Normativa energética en el momento de su construcción.
* Opción elegida (General o Simplificada).
* Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones, condiciones normales de funcionamiento, para ello se puede consultar el rite 2017 y resolver las dudas.
* Calificación Energética mediante la Etiqueta Energética.
* Descripción de los ensayos realizados durante la construcción del edificio para comprobar que los parámetros del proyecto son los que se han ejecutado.
El Certificado de Eficiencia Energética de un Proyecto supone la conformidad de la información de este Certificado, con la Calificación y con el Proyecto de Ejecución.
El Certificado de Eficiencia Energética del Edificio Terminado supone la conformidad de la información de este Certificado con la Calificación del Proyecto y con el edificio terminado.
Se establece un Control Externo realizado por cada Comunidad Autónoma que definirá su alcance y procedimiento.